Reglamentación del régimen legal del contrato de teletrabajo

Con fecha 14 de agosto de 2020, se sancionó la ley 27.555, que estableció el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo. Dicho régimen fue incorporado en la ley 20.744 como una modalidad contractual (art. 102 bis). La norma delegó el tratamiento de cuestiones centrales ya sea a decretos reglamentarios, resoluciones administrativas y también a lo que
se revuelva por intermedio de las convenciones colectivas de trabajo. Ello ocurre con las regulaciones específicas para cada actividad (art. 102 bis, LCT); con los derechos y obligaciones de las partes (art. 3º); con las tareas de cuidado (art. 6º); en la reversibilidad de teletrabajo inicial a trabajo presencial (art. 8º); con los elementos de trabajo (art. 9º); en la compensación por gastos adicionales que deba afrontar el teletrabajador (art. 10); en materia de higiene y seguridad laboral (art. 14); y en lo referente al régimen de prestaciones transnacionales (art. 17)

Fuente: Foglia Abogados , Marzo de 2021, Revista Derecho del Trabajo, continua en paginas 40 a 46

También puede encontrar el ejemplar en el siguiente link:

http://engage.es-pt.thomsonreuters.com/AR-TAX-sil-thx

Menu